El Programa de Donaciones de Software de Microsoft está actualmente disponible para las siguientes organizaciones:
1. Fundaciones y Corporaciones reguladas por el Título XXXIII del libro primero del Código Civil, registradas en el Ministerio de Justicia y con su vigencia al día.
2. Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias regidas por la ley 19.418, registradas en sus respectivas municipalidades y con su vigencia al día.
3. Comunidades indígenas regidas por la ley 18.253, registradas en la CONADI y con su vigencia al día.
4. Bibliotecas públicas. En el caso de las donaciones de software de nuestro Socio Donante Microsoft, esto sólo aplica para las bibliotecas de la Fundación Gates.
5. Museos.
6. Organizaciones que apoyan a SENAME según el artículo 13 del decreto Ley 2.465 de 1979.
Los productos serán distribuidos sólo a las instituciones elegibles, no a particulares y ciñéndose a los lineamientos propuestos por Microsoft.
Los organismos que proporcionan los siguientes tipos de servicios podrán ser elegibles de recibir donaciones mediante este programa.
Las organizaciones con otro tipo de características que pueden ser elegibles de recibir donaciones de Microsoft mediante este programa son:
Los siguientes tipos de organizaciones no son elegibles para recibir donaciones de Microsoft mediante este programa.
© 2007 Donatec
Términos y Condiciones